LOS GRANDES GENERADORES ESTÁN OBLIGADOS A CONTAR CON SU PROPIO SERVICIO DE RECOLECCIÓN, así lo indica la Ordenanza 12648:
DISPOSICIÓN DE RESIDUOS DE GRANDES GENERADORES:
Art. 17°.- LOS grandes generadores de residuos no están autorizados a colocar sus residuos en la vía pública. Están obligados a contar con un servicio particular de recolección puerta a puerta debidamente habilitado por la Autoridad de Aplicación. Sus residuos deberán ser dispuestos en contenedores o bolsas y retirados desde el interior del establecimiento.Los grandes generadores deberán disponer de un lugar dentro de sus instalaciones para el acopio transitorio de los residuos, debiendo los mismos cumplir con las especificaciones técnicas que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación del Marco Regulatorio para la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.
Estas imágenes corresponden a Figueroa Alcorta 360, frente a locales gastronómicos. No solamente incumplen la ordenanza municipal, sino que además mezclan los residuos.

